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Jóvenes empresarios alertan el Código Penal no se ajusta a las exigencias y desafíos del siglo XXI

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La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) valora la reciente promulgación del nuevo Código Penal Esta reforma constituye un avance significativo en el proceso de modernización de la principal legislación para la sanción penal contra la criminalidad, pero en su forma actual, no se ajusta a las exigencias y desafíos del siglo XXI.

El nuevo Código de República Dominicana, a través de la Ley 74-25, sustituirá un marco legal vigente desde 1884.

“Apreciamos y reconocemos los esfuerzos de los legisladores para dotar al país de un marco jurídico que incorpora más de 70 nuevos tipos penales, tales como el feminicidio, el crimen organizado, la corrupción, la violencia basada en género, los delitos cibernéticos, el sicariato, la violencia económica y la difusión de deepfakes con fines de chantaje, entre otros. Estos nuevos delitos reflejan de manera significativa las preocupaciones modernas de la sociedad dominicana”, dice ANJE

Señala que representantes del Poder Ejecutivo y del Congreso Nacional han identificado inconsistencias en el Código Penal recién aprobado, y esta situación debe transparentarse ante la ciudadanía para identificar de manera oportuna las disposiciones que deben ser modificadas e introducidas pertinentemente.

Asimismo, consideran esencial socializar cualquier reglamentación necesaria con los distintos sectores y señalar elementos del nuevo texto que ameritan revisión y mejora técnica durante el período de vacatio legis, previo a su entrada en vigor en agosto de 2026.

Indican que les llama la atención la redacción del texto sobre el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, particularmente lo expresado en el artículo 8 del nuevo Código Penal y sus artículos subsiguientes, cuya constitucionalidad y razonabilidad debe ser analizada.

Esa disposición compromete la responsabilidad de las empresas ante delitos cometidos por “subordinados” en general, obligando a que las empresas sean parte de procesos penales generados por hechos cometidos por empleados o contratistas, aun cuando éstos no ostenten la representación legal de las sociedades comerciales.

Precisa que esta nueva regulación exige a todas las sociedades comerciales la implementación de políticas o programas de cumplimiento preventivo y normativo, lo que resultará en un incremento de los costos y cargas regulatorias que desincentivan la formalización de las Mipymes, sin que la existencia de tales programas constituya un eximente de responsabilidad a las empresas.

Al respecto, manifestaron que eso representa un impacto económico y operativo importante que las empresas deben tomar en cuenta, ya que no se limita a los sujetos obligados de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos, sino que, por lo visto, tendría una aplicación general.

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